{"id":2987,"date":"2012-04-12T09:38:00","date_gmt":"2012-04-12T14:38:00","guid":{"rendered":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/?p=2987"},"modified":"2024-04-27T11:22:41","modified_gmt":"2024-04-27T16:22:41","slug":"no-podemos-reglamentar-una-ley-que-atenta-contra-los-pueblos-indigenas","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/2012\/04\/12\/no-podemos-reglamentar-una-ley-que-atenta-contra-los-pueblos-indigenas\/","title":{"rendered":"\u00abNo podemos reglamentar una ley que atenta contra los pueblos ind\u00edgenas\u00bb"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"365\" height=\"485\" src=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Gladis-Vila.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2960\" srcset=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Gladis-Vila.jpg 365w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Gladis-Vila-226x300.jpg 226w\" sizes=\"auto, (max-width: 365px) 100vw, 365px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p><em>Entrevista a <strong>Gladis Vila<\/strong>, presidenta de ONAMIAP<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Por <strong>Diana Tantale\u00e1n<\/strong><\/em><br><em>Apostolado Social<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Gladis Vila Pihue es presidenta de la Organizaci\u00f3n Nacional de Mujeres Ind\u00edgenas, Andinas y Amaz\u00f3nicas del Per\u00fa (ONAMIAP). Ella expone la visi\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en torno a la reglamentaci\u00f3n de la Ley de Consulta Previa.<\/em><\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\">Durante los meses de enero y febrero se desarrollaron los talleres de debate sobre la Consulta Previa y su reglamentaci\u00f3n \u00bfC\u00f3mo se ha realizado este proceso?<\/h6>\n\n\n\n<p>Los pueblos ind\u00edgenas, despu\u00e9s de los sucesos de Bagua, se constituyen en una mesa de trabajo denominada la MESA 3; en este espacio se trabaj\u00f3 toda una propuesta que no fue recogida en la Ley de Consulta ni en un 50%, por lo que los pueblos ind\u00edgenas tuvieron algunas observaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de ello nosotros entendimos que el Convenio 169 de la OIT era ratificado por el Estado peruano, y como tal, la reglamentaci\u00f3n podr\u00eda subsanar algunos vac\u00edos que quedaban en la Ley. Sin embargo, esto no se dio, y ha pedido de las organizaciones que integr\u00e1bamos la Comisi\u00f3n Multisectorial se programan seis Talleres Macro Regionales. Esto era necesario porque el di\u00e1logo de los dirigentes nacionales con el Estado no era suficiente, hac\u00eda falta escuchar los aportes y comentarios de las organizaciones de base.<\/p>\n\n\n\n<p>Los Talleres se realizaron en Chiclayo, Pucallpa, Iquitos, Cusco, Bagua y Huancayo, donde participaron m\u00e1s de mil delegados y delegadas. Como cierre tuvimos el Encuentro Nacional, donde participaron m\u00e1s de 700 delegados a nivel nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Los Talleres Macro Regionales fueron una evaluaci\u00f3n del borrador del reglamento presentado por el Ejecutivo, con el objetivo de presentar opiniones o aportes.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1l fue el resultado de los talleres y del Encuentro Nacional?<\/h4>\n\n\n\n<p>En todos los talleres se manifest\u00f3 que era necesaria una modificatoria de la Ley por los vac\u00edos que existen, y los art\u00edculos m\u00e1s observados fueron el 1, 2, 4, 7, 15, 19 y la disposici\u00f3n complementaria. Las organizaciones de base hicieron hincapi\u00e9 en el art\u00edculo 15, el cual dice que despu\u00e9s de realizar un proceso de implementaci\u00f3n de la Ley de Consulta, de no llegarse a un consenso, la \u00faltima decisi\u00f3n la toma el Estado. Entonces, \u00bfqu\u00e9 sentido tiene la consulta? El Estado f\u00e1cilmente puede mostrar en todo el proceso que no hay un acuerdo para luego tomar \u00e9l solo la decisi\u00f3n. Desde las organizaciones estamos promoviendo para que ese art\u00edculo cambie y se exprese lo que ser\u00eda el consentimiento de los pueblos ind\u00edgenas, definir en qu\u00e9 casos necesariamente se requiere este consentimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro art\u00edculo en discusi\u00f3n es el 7, el cual pone diversos criterios sobre qui\u00e9nes van a ser consultados. Sin embargo, el Convenio 169 de la OIT, en su art\u00edculo 1 ya lo manifiesta: somos los pueblos ind\u00edgenas quienes van a la Consulta. Entonces, \u00bfpor qu\u00e9 se siguen creando criterios cuando en el marco normativo internacional ya se tiene aprobado qui\u00e9nes somos los pueblos ind\u00edgenas para ser sujetos de derecho a esta Ley de Consulta? Por ejemplo, nos ponen como criterio el tema del idioma, y en el caso de Cajamarca ya lo han perdido. Entonces, \u00bfellos no ser\u00edan sujeto de derecho?<\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image wp-image-1906 size-medium\">\n<figure class=\"alignright size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"364\" height=\"217\" src=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Proyecto-Ley-Consulta-Previa.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-2951\" srcset=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Proyecto-Ley-Consulta-Previa.jpg 364w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Proyecto-Ley-Consulta-Previa-300x179.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><figcaption class=\"wp-element-caption\"><span style=\"color: #3366ff;\"><em>El 05 de marzo se firm\u00f3 el Acta Final sobre el Proyecto de reglamento consensuado de la Ley de Consulta Previa. Por parte de las Asociaciones ind\u00edgenas s\u00f3lo firmaron representantes de la Confederaci\u00f3n de NAcionalidades Amaz\u00f3nicas del Per\u00fa (CONAP) y la Conferederaci\u00f3n Campesina del Per\u00fa (CCP)<\/em>.<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p>Tambi\u00e9n ha sido materia de discusi\u00f3n lo referente a que se realizar\u00e1 la Consulta Previa s\u00f3lo a los pueblos afectados directamente; \u00bfesto quiere decir que si en una cabecera de cuenca se afecta o contamina el agua s\u00f3lo se va a consultar a los que viven alrededor?, \u00bfqu\u00e9 pasa con el resto de comunidades que est\u00e1n en las micro cuencas y en toda la cuenca? Ellos tambi\u00e9n tienen derecho a la Consulta.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro tema muy objetado es la ausencia total de las mujeres en la redacci\u00f3n de la Ley y la reglamentaci\u00f3n. \u00bfAcaso los pueblos ind\u00edgenas est\u00e1n habitados solamente por varones? La forma c\u00f3mo afectan las diversas situaciones es diferente en varones y mujeres. Por ejemplo, si en mi comunidad, por una actividad extractiva o pol\u00edtica p\u00fablica o legislativa, es afectada el agua, los varones se preocupar\u00e1n por la agricultura o la ganader\u00eda; mientras que las mujeres vamos a pensar en la alimentaci\u00f3n de nuestros hijos y de toda la familia. El pensar de una mujer sobre el mismo problema es diferente al de los varones.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 pedir\u00edan aplicar en la Ley de Consulta sobre las diferencias de g\u00e9nero en las comunidades?<\/h4>\n\n\n\n<p>Lo que estamos exigiendo es que se garantice la participaci\u00f3n plena y efectiva de las mujeres y los j\u00f3venes en todo el proceso de aplicaci\u00f3n de la Ley de Consulta, porque la forma c\u00f3mo afecta a varones y mujeres es distinta, sobre todo en la juventud, pues ellos son los que van a heredar todas las decisiones que se est\u00e1n tomando hoy en d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Existen leyes que reconocen y exigen la importancia de la participaci\u00f3n equitativa, tanto de varones como de mujeres, en todos los aspectos de desarrollo y legislativos. Existe una incoherencia con el Plan Nacional de Igualdad de G\u00e9nero, \u00bfd\u00f3nde queda este plan para las mujeres y j\u00f3venes de los pueblos ind\u00edgenas?<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">\u00bfC\u00f3mo se ha dado el aporte de estos Talleres al Estado? \u00bfVan a seguir dialogando?<\/h4>\n\n\n\n<p>Un 90% ha manifestado que primero se d\u00e9 la modificatoria de los art\u00edculos y posteriormente la reglamentaci\u00f3n. No podemos reglamentar una ley cuando atenta contra los derechos de los pueblos ind\u00edgenas. M\u00e1s a\u00fan, para la aplicaci\u00f3n del Convenio 169 no existe necesidad de una ley ni una reglamentaci\u00f3n, se tendr\u00eda que implementar directamente. Pero en nuestro caso, que ya no se est\u00e1 aplicando desde 1995, se exige una ley clara y una reglamentaci\u00f3n que ayude.<\/p>\n\n\n\n<p>Muchos de los dirigentes manifestaron su disconformidad de modificar la Ley luego de la reglamentaci\u00f3n, pues existe una experiencia similar con la Ley Forestal, en la cual el Estado propuso primero la reglamentaci\u00f3n y luego la modificatoria. Sin embargo, hasta hoy no existe ni siquiera una voz desde el Ejecutivo para continuar el proceso. Venimos de experiencias en las que no se cumplen los acuerdos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, el Estado ha continuado con lo que denominan \u201cdi\u00e1logos interculturales\u201d, convocando a otras organizaciones que no integraban la Comisi\u00f3n Multisectorial e invitando a lideres individuales que ya no est\u00e1n dentro de las Organizaciones. Esto tambi\u00e9n atenta contra nuestros derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Frente a esto, las organizaciones hemos decidido presentar una medida cautelar ante la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, mostrando c\u00f3mo se han desarrollado los Talleres Macro Regionales y el Encuentro Nacional, y la relaci\u00f3n del Estado con los pueblos ind\u00edgenas. Queremos insistir en la modificatoria de esos art\u00edculos.<\/p>\n\n\n\n<p>Hay que tener en cuenta que el caso peruano est\u00e1 en la mira de toda Am\u00e9rica latina, por ser el primer pa\u00eds que tiene la Ley de Consulta y est\u00e1 viendo su reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><em>Publicado en abril 2012<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><strong>Gladis Vila Pihue<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Quechua. Desde&nbsp; muy joven se involucro en la organizaci\u00f3n&nbsp; de&nbsp; su &nbsp;comunidad, pese a la tradici\u00f3n de participaci\u00f3n masculina en las asambleas&nbsp; comunales. Impulso la creaci\u00f3n de la Organizaci\u00f3n de Mujeres&nbsp; en la Provincia de Pampas Tayacaja, lo que le llev\u00f3 a representar&nbsp; a su regi\u00f3n en varios&nbsp; eventos&nbsp; nacionales<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entrevista a Gladis Vila, presidenta de ONAMIAP Por Diana Tantale\u00e1nApostolado Social Gladis Vila Pihue es presidenta de la Organizaci\u00f3n Nacional de Mujeres Ind\u00edgenas, Andinas y Amaz\u00f3nicas del Per\u00fa (ONAMIAP). Ella expone la visi\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en torno a la reglamentaci\u00f3n de la Ley de Consulta Previa. 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