{"id":3341,"date":"2009-11-30T11:42:00","date_gmt":"2009-11-30T16:42:00","guid":{"rendered":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/?p=3341"},"modified":"2024-04-28T12:27:43","modified_gmt":"2024-04-28T17:27:43","slug":"derechos-humanos-en-la-amazonia-un-desafio","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/2009\/11\/30\/derechos-humanos-en-la-amazonia-un-desafio\/","title":{"rendered":"Derechos humanos en la Amazon\u00eda: un desaf\u00edo"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"alignleft size-full is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"768\" height=\"432\" src=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Amazonia-04-768x432-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-3326\" style=\"width:430px\" srcset=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Amazonia-04-768x432-1.jpg 768w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Amazonia-04-768x432-1-300x169.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 768px) 100vw, 768px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p>Los problemas y retos que enfrentan los pueblos ind\u00edgenas son consecuencia de un largo proceso hist\u00f3rico, en que la presi\u00f3n sobre sus territorios ha desafiado su capacidad de supervivencia. Considerables elementos de las demandas ind\u00edgenas, hoy acogidas en las normas vigentes, se remontan a las f\u00f3rmulas del derecho indiano. Instituciones tan importantes como la inalienabilidad e imprescriptibilidad de los territorios ind\u00edgenas, no fueron productos de las legislaciones de los primeros a\u00f1os del siglo XX, sino que se remontan a la Ley de Indias. En consecuencia, el comportamiento del Estado en las \u00faltimas d\u00e9cadas para recortar estos derechos, no s\u00f3lo implica una violaci\u00f3n a los pueblos ind\u00edgenas, sino que constituye un elemento institucional hist\u00f3rico de no reconocimiento de los derechos preexistentes y colectivos que les asisten a estos pueblos.<\/p>\n\n\n\n<p>En nuestro pa\u00eds se pueden identificar graves violaciones en la situaci\u00f3n de los derechos humanos de estos pueblos a pesar de contar con instrumentos como el Convenio 169 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo y la Declaraci\u00f3n de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. Esto no ha significado en la pr\u00e1ctica un reconocimiento real en los derechos individuales y colectivos<a href=\"#_ftn1\" id=\"_ftnref1\"><sup>[1]<\/sup><\/a><\/p>\n\n\n\n<p>El conflicto amaz\u00f3nico y los graves sucesos de Bagua son el resultado de la lucha contra la teor\u00eda del desarrollo neoliberal, expresada en el <em>\u201cS\u00edndrome del perro del hortelano\u201d<\/em>. El modelo econ\u00f3mico que promueve la inversi\u00f3n privada ha tratado de implementar leyes que afectan directamente sus derechos, es el caso del paquete de decretos legislativos promulgados por el Ejecutivo para poner en marcha el Tratado de Libre de Comercio, que atentan principalmente contra los derechos a la identidad, propiedad de su territorio, consulta, autodeterminaci\u00f3n, medio ambiente, consentimiento sobre el aprovechamiento de los recursos naturales y participaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas. El impacto ambiental de las industrias extractivas y la destrucci\u00f3n de bosques debido a la tala ilegal son procesos que golpean a los pueblos ind\u00edgenas y dan lugar a violaciones masivas de sus derechos humanos, sin que encuentren una adecuada voluntad pol\u00edtica del Estado para revertir estas condiciones. Hay que se\u00f1alar la situaci\u00f3n de desventaja que ocupan las mujeres, ni\u00f1as y ni\u00f1os ind\u00edgenas, que sufren discriminaci\u00f3n y violencia, sin que tengan igualdad de oportunidades en relaci\u00f3n a otros sectores.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cBagua\u201d se ha convertido en un acontecimiento que es todo un s\u00edmbolo. Significa la presencia de los pueblos ind\u00edgenas irrumpiendo y cuestionando nuestra democracia, nuestro desarrollo, las bases hist\u00f3ricas y culturales de la construcci\u00f3n y actual configuraci\u00f3n del pa\u00eds.&nbsp; El \u201cbaguazo\u201d ha marcado significativamente a nuestro pa\u00eds. Por un lado, se ha visibilizado a los pueblos ind\u00edgenas como actores que demandan el respeto y reconocimiento de sus derechos, pero por otro lado est\u00e1 la incapacidad del Estado de ver a los \u201cotros\u201d diferentes como protagonistas y sujetos de derechos. Estos desencuentros han incrementado los niveles de conflicto, desconfianza y violencia en la poblaci\u00f3n, obligada a recurrir a movilizaciones sociales que a su vez provocan el uso de la fuerza p\u00fablica y la criminalizaci\u00f3n de la protesta social que dificultan la soluci\u00f3n dialogada y democr\u00e1tica de las leg\u00edtimas demandas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, ha sido la oportunidad para ver c\u00f3mo la diversidad cultural y el derecho a la diferencia es un elemento fundamental en la visi\u00f3n de \u201cmodelos de desarrollo\u201d y la construcci\u00f3n de un pa\u00eds plural.<\/p>\n\n\n\n<p>Los pueblos ind\u00edgenas reclaman autonom\u00eda para promover y manejar su propio desarrollo, entendido en t\u00e9rminos de sus valores culturales, adem\u00e1s debe ser participativo, consultado y contar con su consentimiento previo, libre e informado.<\/p>\n\n\n\n<p>El deber de los Estados de celebrar consultas con los pueblos ind\u00edgenas en los procesos de decisiones que los afecten tiene por objeto poner fin al modelo hist\u00f3rico de exclusi\u00f3n del proceso de adopci\u00f3n de decisiones, <em>\u201cese deber deriva del derecho primordial de los pueblos ind\u00edgenas a la libre determinaci\u00f3n y de los principios conexos de democracia y soberan\u00eda popular\u201d<a href=\"#_ftn2\" id=\"_ftnref2\"><sup><strong>[2]<\/strong><\/sup><\/a>.<\/em> En el art\u00edculo 3 de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas se afirma que: <em>\u201clos pueblos ind\u00edgenas tienen derecho a la libre determinaci\u00f3n. En virtud de ese derecho determinan libremente su condici\u00f3n pol\u00edtica y persiguen libremente su desarrollo econ\u00f3mico, social y cultural\u201d<\/em>. Esta afirmaci\u00f3n responde a las aspiraciones de los pueblos ind\u00edgenas de todo el mundo de determinar su propio destino en condiciones de igualdad y de participar efectivamente en el proceso de adopci\u00f3n de decisiones que los afecten. El derecho a la libre determinaci\u00f3n es un derecho fundamental, sin el cual no pueden ejercerse plenamente los derechos humanos de los pueblos ind\u00edgenas, tanto los colectivos como los individuales<a href=\"#_ftn3\" id=\"_ftnref3\"><sup>[3]<\/sup><\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Creemos, como manifiesta el documento de Aparecida- que los ind\u00edgenas y afroamericanos \u201chan emergido\u201d tanto en la sociedad como en la Iglesia. Este tiempo constituye un <em>kair\u00f3s<\/em>, un tiempo propicio y favorable, para profundizar el encuentro de los ind\u00edgenas, sociedad peruana y el Estado. Esto supone cambios pol\u00edticos e institucionales que reviertan las condiciones de discriminaci\u00f3n y exclusi\u00f3n y conviertan en sujetos de derechos, mejorando sus condiciones de vida y \u201cbuen vivir\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n, los objetivos de las pol\u00edticas y programas sociales y de desarrollo deben promover el respeto, la garant\u00eda y el cumplimiento de los derechos humanos individuales y colectivos. Esto exige desarrollar pol\u00edticas con la participaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas; de esa manera se contribuir\u00e1 al desarrollo y a la gobernabilidad democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\" id=\"_ftn1\"><sup>[1]<\/sup><\/a> Rodolfo Stavehagen muestra esta realidad en <em>El informe tem\u00e1tico del relator especial sobre la situaci\u00f3n de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos ind\u00edgenas del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas<\/em>.<br><a href=\"#_ftnref2\" id=\"_ftn2\"><sup>[2]<\/sup><\/a> James Anaya Relator Especial Para los Derechos y Libertades Fundamentales de los Pueblos Ind\u00edgenas. <em>Cap\u00edtulo principal del Informe A\/HRC\/12\/34, presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 12 per\u00edodo de sesiones de septiembre 2009.<\/em><br><a href=\"#_ftnref3\" id=\"_ftn3\"><sup>[3]<\/sup><\/a> <em>Op. Cit.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Publicado en noviembre 2009<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><strong>Adda Chuecas Cabrera<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Directora del <em>Centro Amaz\u00f3nico de Antropolog\u00eda y Aplicaci\u00f3n Pr\u00e1ctica &#8211; CAAAP<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los problemas y retos que enfrentan los pueblos ind\u00edgenas son consecuencia de un largo proceso hist\u00f3rico, en que la presi\u00f3n sobre sus territorios ha desafiado su capacidad de supervivencia. Considerables elementos de las demandas ind\u00edgenas, hoy acogidas en las normas vigentes, se remontan a las f\u00f3rmulas del derecho indiano. 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