{"id":751,"date":"2016-12-23T20:47:00","date_gmt":"2016-12-24T01:47:00","guid":{"rendered":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/?p=751"},"modified":"2024-04-19T23:08:08","modified_gmt":"2024-04-20T04:08:08","slug":"estado-y-violencia-contra-la-mujer","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/2016\/12\/23\/estado-y-violencia-contra-la-mujer\/","title":{"rendered":"Estado y violencia contra la mujer"},"content":{"rendered":"<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-717\" srcset=\"http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a-1024x683.jpg 1024w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a-300x200.jpg 300w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a-768x512.jpg 768w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a-1536x1024.jpg 1536w, http:\/\/test.boomerang.pe\/intercambio\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/pag-26-28-a.jpg 1800w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n<\/div>\n\n\n<p>Cada cierto tiempo, el problema de la violencia hacia las mujeres aparece en el discurso estatal en clave de alarma. Ante el reclamo de las organizaciones sociales, las autoridades del gobierno o del sistema nacional de justicia afirman su importancia y anuncian medidas para atenderlo. Es el caso, por ejemplo, del compromiso del Poder Judicial de optimizar la justicia para las v\u00edctimas<a href=\"#_ftn1\" id=\"_ftnref1\">[1]<\/a> o del Ministerio del Interior<a href=\"#_ftn2\" id=\"_ftnref2\">[2]<\/a> de erradicar el machismo en la polic\u00eda, como reacci\u00f3n a la reciente marcha \u201cNi una menos\u201d contra la violencia de g\u00e9nero. Sin embargo, las medidas tomadas por dichas instituciones a lo largo del tiempo han tenido impactos limitados. As\u00ed, entre el 2009 y el 2014, el porcentaje de mujeres que sufrieron violencia f\u00edsica por su esposo o compa\u00f1ero s\u00f3lo vari\u00f3 en un 5.8%<a href=\"#_ftn3\" id=\"_ftnref3\">[3]<\/a>. Existe pues, un desfase importante entre lo que el Estado hace, o dice que har\u00e1, y lo que logra hacer.<\/p>\n\n\n\n<p>Un aspecto poco considerado que influye en el desfase entre el discurso y la pr\u00e1ctica -y que merece mayor atenci\u00f3n- es la tendencia legalista y formalista de las instituciones estatales en el abordaje de la violencia hacia las mujeres. Esta se manifiesta cuando se prioriza la aprobaci\u00f3n de normas y planes sin que est\u00e9n acompa\u00f1ados de acciones concretas, evaluaciones emp\u00edricas o presupuestos suficientes. As\u00ed, el antiguo Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015 tuvo como uno de principales logros la aprobaci\u00f3n, a su vez, de planes regionales<a href=\"#_ftn4\" id=\"_ftnref4\">[4]<\/a>. Mientras, el Ministerio P\u00fablico, el Ministerio de Salud y la Polic\u00eda Nacional aprobaron una multiplicidad de directrices, gu\u00edas y protocolos que no son aplicados por sus funcionarios, quienes alegan desconocer su contenido<a href=\"#_ftn5\" id=\"_ftnref5\">[5]<\/a>. A pesar de ello, las normas siguen aprob\u00e1ndose en la creencia de que conducir\u00e1n a transformaciones sociales importantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la tendencia se hace evidente en la predominancia de los discursos de penalizaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n sobre las estrategias de acci\u00f3n social. Esto conlleva a la asignaci\u00f3n de un rol preponderante a los funcionarios especializados, sean polic\u00edas, jueces o fiscales, en la atenci\u00f3n de las denuncias. Al mismo tiempo, resta importancia a la atenci\u00f3n en salud mental y al rol que desempe\u00f1an los actores sociales. Es el caso de las promotoras de salud o las defensoras comunitarias, organizaciones compuestas por hombres y mujeres que atienden casos de violencia, aconsejan a las parejas y acompa\u00f1an a las mujeres ante las autoridades estatales en las zonas rurales<a href=\"#_ftn6\" id=\"_ftnref6\">[6]<\/a>. Si bien ellas brindan un apoyo social que es altamente valorado por las mujeres, aunque tiende a ser el m\u00e1s escaso<a href=\"#_ftn7\" id=\"_ftnref7\">[7]<\/a>, su labor ha sido incorporada limitadamente en las pol\u00edticas estatales.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, tanto el formalismo como el legalismo presuponen una uniformizaci\u00f3n y abstracci\u00f3n que tienden a ignorar la diversidad social, pol\u00edtica, econ\u00f3mica y cultural en que se esperan producir los cambios sociales. Estos requieren procesos de formaci\u00f3n y acompa\u00f1amiento sostenidos y basados en un conocimiento suficiente del contexto. Ciertamente, la acci\u00f3n de los gobiernos regionales y locales, concentrada en la producci\u00f3n de planes y ordenanzas, y sujeta a proyectos de inversi\u00f3n p\u00fablica de corto plazo, no alcanza dichos prop\u00f3sitos. Por la misma raz\u00f3n, presenta dificultades para incorporar experiencias interesantes, como la Estrategia de Prevenci\u00f3n, Atenci\u00f3n y Protecci\u00f3n frente a la Violencia Familiar y Sexual en Zona Rural, promovida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables que requiere ser revalorada por sus pr\u00e1cticas articuladoras y su adaptabilidad local.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p><em>Se tendr\u00eda que indagar por los factores institucionales o el perfil de los profesionales de la polic\u00eda que tienden a culpar a las mujeres por haberla causado (\u201cno atender adecuadamente al esposo\u201d) o no hacen caso a sus denuncias.<\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n<p>Cabr\u00eda preguntarse entonces si esta cotidiana disociaci\u00f3n entre la producci\u00f3n normativa y su implementaci\u00f3n no es la expresi\u00f3n estatal de una resistencia a los cambios en las relaciones de poder y a la reconfiguraci\u00f3n de identidades, que implica atender el problema de la violencia. Mantenerse en el plano del deber ser, consustancial a las normas estatales, siempre resulta m\u00e1s c\u00f3modo. Salir de \u00e9l supone recordar que la violencia hacia las mujeres es un problema estructural y que no solo surge por \u201cmalos entendidos\u201d o desconocimiento. Por tanto, se tendr\u00eda que indagar por los factores institucionales o el perfil de los profesionales de la polic\u00eda que tienden a culpar a las mujeres por haberla causado (\u201cno atender adecuadamente al esposo\u201d) o no hacen caso a sus denuncias<a href=\"#_ftn8\" id=\"_ftnref8\">[8]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, habr\u00eda que tener presente el aspecto relacional de la violencia, caracterizado por la desigualdad de poder entre hombres y mujeres, y sus diversas configuraciones culturales<a href=\"#_ftn9\" id=\"_ftnref9\">[9]<\/a>. Ello exigir\u00eda una especial atenci\u00f3n en las expectativas, necesidades y el rol que pueden asumir las mujeres para cambiar su situaci\u00f3n. As\u00ed se podr\u00eda entender que algunas quieran denunciar y no lo hagan por verg\u00fcenza<a href=\"#_ftn10\" id=\"_ftnref10\">[10]<\/a>, mientras que otras prefieran apoyo para el cambio de sus parejas; y que la violencia sexual sea vivida de manera distinta en las zonas urbanas y rurales<a href=\"#_ftn11\" id=\"_ftnref11\">[11]<\/a>. Tambi\u00e9n llevar\u00eda a repensar las concepciones de violencia considerando los contextos hist\u00f3ricos, por ejemplo, el hecho de que las relaciones tensas y violentas, que llevan a las mujeres Awaj\u00fan al suicidio, se explican tambi\u00e9n en la humillaci\u00f3n que sienten los hombres al no proveer de los recursos de caza (carne de monte y pesca) debido a su desaparici\u00f3n<a href=\"#_ftn12\" id=\"_ftnref12\">[12]<\/a> causada por la alteraci\u00f3n ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>Es cierto que la aprobaci\u00f3n de normas y planes, en especial con un alto consenso social, constituyen puntos de partida importantes. M\u00e1s a\u00fan, si como la actual Ley N\u00b0 30220, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y el Plan Nacional contra la Violencia de G\u00e9nero 2016-2021, otorgan un peso significativo al cambio cultural y a la articulaci\u00f3n social. Sin embargo, su concreci\u00f3n exige un ejercicio de autoevaluaci\u00f3n y reflexi\u00f3n en las instituciones del Estado que les permita hacer frente al formalismo y legalismo que las permea, mientras hacen frente a la violencia. Un punto de partida consiste en dejar de esperar que se cumpla el ideal normativo de contar con instituciones y servicios estatales armoniosamente articulados, por ejemplo, para la aplicaci\u00f3n de las medidas de protecci\u00f3n contempladas en la Ley, y desarrollar acciones desde lo posible y lo local. Se puede partir por valorar los recursos, experiencias y escenarios de encuentro de las organizaciones sociales y las autoridades estatales. Estos constituyen \u00e1mbitos privilegiados para construir concepciones compartidas sobre el problema de la violencia y acordar acciones efectivas para atenderlo, por ejemplo, a trav\u00e9s de medidas de vigilancia familiar o comunal. Esta forma de repensar las acciones estatales puede constituir una pista importante para transitar de los discursos verbales y escritos basados en lo \u201cpol\u00edticamente correcto\u201d hacia las pr\u00e1cticas correctas para atender el problema de la violencia hacia las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\" id=\"_ftn1\">[1]<\/a> Per\u00fa 21. (2016). Ni Una Menos: Poder Judicial anuncia nuevas medidas tras controversiales fallos a favor de agresores (13 de agosto). En: <a href=\"http:\/\/peru21.pe\/actualidad\/ni-menos-poder-judicial-anuncia-nuevas-medidas-controversiales-fallos-favor-agresores-2254544\">http:\/\/peru21.pe\/actualidad\/ni-menos-poder-judicial-anuncia-nuevas-medidas-controversiales-fallos-favor-agresores-2254544<br><\/a><a href=\"#_ftnref2\" id=\"_ftn2\">[2]<\/a> Gesti\u00f3n. (2016). Basombr\u00edo sobre \u2018Ni una menos\u2019: \u201cHay un trabajo por erradicar el machismo de la Polic\u00eda\u201d.<br><a href=\"#_ftnref3\" id=\"_ftn3\">[3]<\/a> INEI. (2015). Per\u00fa. Encuesta Demogr\u00e1fica y de salud Familiar \u2013 ENDES 2014. Lima: INEI<br><a href=\"#_ftnref4\" id=\"_ftn4\">[4]<\/a> Defensor\u00eda del Pueblo. (2013). Informe de Adjunt\u00eda N\u00b0 003-2013-DP\/ADM \u201cBalance sobre el cumplimiento del Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015\u201d. Lima: Defensor\u00eda del Pueblo.<br><a href=\"#_ftnref5\" id=\"_ftn5\">[5]<\/a> Guerrero, R. (2006). Los servicios de salud para las v\u00edctimas de violencia sexual: un an\u00e1lisis del cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales. Lima: 2006.<br><a href=\"#_ftnref6\" id=\"_ftn6\">[6]<\/a> Vivero, A. B. (2014). Promoviendo la justicia propia, dejando atr\u00e1s un trato indigno. Resultados de un estudio sobre cambios en sistemas legales ind\u00edgenas y campesinos en seis localidades andinas. Quito: Andinagraph.<br><a href=\"#_ftnref7\" id=\"_ftn7\">[7]<\/a> Buesa, S. &amp; Calvete, E. (2013). Violencia contra la mujer y s\u00edntomas de depresi\u00f3n y estr\u00e9s postraum\u00e1ticos: el papel del apoyo social, International Journal of Psychology and Psychological Therapy, 13(1), p. 31-45.<br><a href=\"#_ftnref8\" id=\"_ftn8\">[8]<\/a> Mel\u00e9ndez, L. &amp; Rosas, C. (2010). Acceso a la justicia para mujeres en situaci\u00f3n de violencia: estudio de la comisar\u00eda de mujeres de Villa El Salvador. Lima: Centro de la Mujer Peruana Flora Trist\u00e1n y Movimiento Manuela Ramos.<br><a href=\"#_ftnref9\" id=\"_ftn9\">[9]<\/a> Cohen, D. (2001). Cultural variation: Considerations and implications, Psychol Bull, 127(4), p. 451-71.<br><a href=\"#_ftnref10\" id=\"_ftn10\">[10]<\/a> Vargas Machuca, R. &amp; Velarde, Chaska. (2007). Evaluaci\u00f3n de la ruta cr\u00edtica del sistema policial-judicial en los casos de violencia familiar en los distritos de San Juan de Miraflores, Villa El Salvador y Villa Mar\u00eda del Triunfo. Lima: Movimiento Manuela Ramos.<br><a href=\"#_ftnref11\" id=\"_ftn11\">[11]<\/a> Aguilar, R. &amp; Rosas, G. (2008). Percepci\u00f3n de la mujer frente a la violencia sexual, atendidas en el Hospital Regional de Cajamarca, noviembre 2008 y octubre 2009. Cajamarca: Universidad Nacional de Cajamarca.<br><a href=\"#_ftnref12\" id=\"_ftn12\">[12]<\/a> Tuesta, I.; Garc\u00eda M. &amp; otros. (2012). Suicidio adolescente en Pueblos Ind\u00edgenas. Tres estudios de caso. Panam\u00e1: UNICEF.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><strong>Roxana Vergara Rodr\u00edguez<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Gestora de la Maestr\u00eda en Investigaci\u00f3n Jur\u00eddica de la Pontifica Universidad Cat\u00f3lica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Cada cierto tiempo, el problema de la violencia hacia las mujeres aparece en el discurso estatal en clave de alarma. Ante el reclamo de las organizaciones sociales, las autoridades del gobierno o del sistema nacional de justicia afirman su importancia y anuncian medidas para atenderlo. 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